‘¿Hemos perdido el Oremus?’, el primer documental sobre la asignatura de Religión

6Barcelona acogerá la este miércoles la presentación de esta iniciativa que explica por qué la clase de religión es una asignatura insustituible que aporta valor y dimensión humana a los jóvenes


CEE: «La enseñanza religiosa escolar forma parte del derecho de los padres a educar a sus hijos»

LA ESCUELA Y EL ESTADO JUEGAN UN PAPEL SUBSIDARIO
La Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis de la Conferencia Episcopal Española ha emitido una nota en la que confirma el descenso del porcentaje de alumnos que reciben la asignatura de religión en el país. Los obispos recuerdan que «la enseñanza religiosa escolar forma parte del derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones religiosas» y la Escuela y el Estado juegan un papel subsidario en esa tarea.
Noticia original en Infocatólica

Profesores de Religión piden aclarar con el Ministerio su situación laboral de cara al próximo curso


Noticia publicada en www.infocatolica.com

(EP) Los sindicatos representativos del profesorado de Religión en Andalucía —CSIF, USO y ANPE— han solicitado una reunión con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para tratar la situación laboral de los docentes de la materia que dependen directamente de la administración central de cara al próximo curso académico.

Falta de interlocución con el Estado

Así lo han confirmado a Europa Press fuentes del sector, en el que, en cuanto al conflicto laboral que se mantiene con el Estado, los andaluces deben ponerse de acuerdo con otras comunidades cuyo profesorado de Religión en Secundaria también depende del Ministerio: Cantabria, Aragón y Canarias. El principal problema es la falta de interlocución con el Estado, de quien depende la relación laboral, habida cuenta de que la actual situación política del país mantiene al Gobierno en funciones.
La situación actual es la de una prórroga de sus actuales condiciones laborales, ya que aunque se produjo una reducción de la asignatura en el marco de las acciones propiciadas por la nueva Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) se ha mantenido el mismo contrato —jornadas y nóminas— para estos profesionales. Sin embargo, los sindicatos pretenden saber qué tesitura se prevé para el próximo curso académico, en el que acaba la prórroga de los contratos.
Por lo demás, las centrales sindicales han acordado recientemente pedir a la Consejería de Educación que cumpla el compromiso adoptado el pasado mes de diciembre en cuanto a reunirse con el sector, dado que, consideran, ya se ha dado margen de tiempo suficiente a la administración autonómica. De la Junta pretenden que informe de las cifras concretas relativas a los centros educativos que han disminuido las horas de Religión y el impacto que ello pueda tener sobre el gremio.

¿Reducción de horario?

Respecto al núcleo central de los conflictos, se ha constatado mucha variedad de horarios tras la decisión de los equipos directivos sobre si reducir o no la impartición de la materia de 90 a 45 minutos, opción contemplada en una orden del Ejecutivo autonómico en el marco de la entrada en vigor de la reforma educativa. Según los datos que Educación facilitó en octubre,casi un 40 por ciento de los centros de Infantil y Primaria optó por un horario más limitado.
Los sindicatos ya se reunieron con la consejera de Educación de la Junta de Andalucía, Adelaida de la Calle, a la que expusieron la preocupante situación laboral del profesorado de Religión en Andalucía, tanto de Primaria como de Secundaria. En esta reunión, la Junta se comprometió a un nuevo encuentro en el que daría los datos que ahora le reclaman las centrales. Las expectativas sindicales, así, pasan por conocer los datos reales de centros que han reducido la impartición, así como por empezar a trabajar para combatir el clima de malestar y los problemas de convivencia creados a raíz de la decisión de la Consejería de dejar esta decisión en manos de las direcciones, y saber si van a tener que enfrentarse a esta disyuntiva año a año.
Respecto al de Primaria, los sindicatos expresan su enorme preocupación por las graves repercusiones laborales de la reducción horaria del área que puede implicar la pérdida del empleo o la precarización de las condiciones laborales de estos docentes, así como el desacuerdo con la decisión de negar el derecho del profesorado de esta asignatura a vigilar los recreos. En referencia al profesorado de Religión de Secundaria, se insiste en la necesidad de retomar la negociación del convenio colectivo, que quedó paralizado, con el fin de ir buscando mejoras concretas en las condiciones laborales del colectivo.

Celebrar la "laicidad positiva"

ABC La Tercera POR JULIO L. MARTÍNEZ
 JULIO L. MARTÍNEZ, SJ. ES RECTOR DE LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA COMILLAS ICAI-ICADE
«Al celebrar el medio siglo de Dignitatishumanae, pensando en la sociedad española, resulta a mi parecer necesario mantener vivo el espíritu constitucional de “laicidad positiva”, tal como la denomina el Tribunal Constitucional»
EL pasado diciembre cumplió 50 años la declaración del Concilio Vaticano II sobre la libertad religiosa , Dignitatishumanae, y 37 el artículo 16 de la Constitución española. Ambos cumpleaños merecen una gozosa celebración. Por su rango, la declaración es un documento menor, pero enorme por su repercusión y valor, plenamente vigente. La Iglesia manifestó que no es la aparente fuerza o debilidad de la verdad religiosa la que funda la libertad para abrazarla o no, sino la eminente dignidad de toda persona la que exige que el asentimiento sea totalmente libre. La libertad religiosa se presenta como un presupuesto necesario para poder ejercer el derecho propiamente dicho, es decir, la posibilidad de dar culto a Dios, «según el dictamen de la propia conciencia, en privado y en público, solo o asociado con otros, dentro de los límites debidos» (DH, 3). Fue el perfecto remache católico al artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Constatamos hoy con desasosiego cómo en un tercio de los países del mundo no se respeta este derecho fundamental. Y que en otros, sin llegar al extremo de pisotearse, se entorpece por fuerzas dañinas, ora del fundamentalismo intolerante, ora del laicismo disolvente, en sus distintas variantes, según las culturas públicas y las tradiciones nacionales.
Frente a esas lamentables situaciones, creo con el Papa emérito Benedicto que «la exclusión de la religión del ámbito público, así como el fundamentalismo religioso, impide el encuentro entre las personas y su colaboración para el progreso de la Humanidad; la vida pública se empobrece de motivaciones y la política adquiere un aspecto opresor y agresivo». O con el Papa Francisco que «un sano pluralismo, que de verdad respete a los diferentes y los valore como tales, no implica una privatización de las religiones, con la pretensión de reducirlas al silencio y a la marginalidad de los recintos cerrados de los templos, sinagogas o mezquitas. Es una nueva forma de discriminación y de autoritarismo... que a la larga fomenta más el resentimiento que la tolerancia y la paz». La misma determinación que lleva a condenar todas las formas de fanatismo y fundamentalismo religioso anima a oponerse a las expresiones de hostilidad contra la religión, que cercenan o erosionan la presencia pública de los creyentes.
Entre creyentes y no creyentes hay un terreno fértil de coincidencias sobre valores que dignifican la vida y hacen crecer el respeto a lo diferente y la articulación de lo distinto en un marco de convivencia pacífica y justa. Es un terreno común que sólo puede darse en el seno de un Estado aconfesional y laico, donde las diversas cosmovisiones pueden convivir en armonía sin renunciar a su identidad. El Estado laico da espacio a las religiones estimándolas factores constructivos de la vida social. Eso sí: laicidad no es laicismo, o no es laicismo neutralista y excluyente, por ser más precisos. Este tergiversa la laicidad y contiene una dosis más o menos alta, según modos y circunstancias, de comportamiento beligerante o marginador respecto a la religión. El laicismo se vuelve injusto cuando pretende oficializar en la esfera pública una visión no religiosa de la vida, en la que no haya lugar para Dios.
En este debate se hace absolutamente necesario distinguir entre «laicidad del Estado» y «sociedad laica». El Estado laico se sitúa como garante de la libertad y al servicio de una sociedad plural en el ámbito religioso, mientras que, por contra, la sociedad «laica» implica la negación social del hecho religioso o, al menos, dificulta el derecho a vivir la fe en sus dimensiones públicas. La laicidad del Estado no exige en absoluto que la sociedad sea «laica». Eso que, por ejemplo, persiguen con denuedo los promotores de «Sevilla laica». Al celebrar el medio siglo de Dignitatishumanae, pensando en la sociedad española, resulta a mi parecer necesario mantener vivo el espíritu constitucional de «laicidad positiva», tal como la denomina el Tribunal Constitucional. En efecto, nuestra Constitución no postula, ni en el espíritu ni en la letra, la exclusión del hecho religioso en la vida social y pública o su reducción al ámbito exclusivo de las conciencias, sino que juzga que las creencias, las convicciones y los valores tienen repercusión en la esfera social y, aceptando por supuesto las reglas de la convivencia plural, construyen como el que más una sociedad abierta y libre. Cuando vemos reformas constitucionales en lontananza, sería un gravísimo error político dilapidar nuestro gran patrimonio de «laicidad positiva».
En contextos cercanos al nuestro ya querrían disponer del enfoque constitucional español para afrontar los desafíos del presente. Recuerdo aquellas palabras que en 2008 pronunció el presidente Sarkozy ante Benedicto XVI, en París: «Reivindico una laicidad positiva, una laicidad respetuosa, unitiva, dialogante, y no excluyente… En una época como la nuestra, en la que la duda y el ensimismamiento retan a nuestras democracias a responder a los problemas de nuestro tiempo, una laicidad positiva brinda a nuestras conciencias la posibilidad de intercambiar, más allá de creencias y ritos, ideas sobre el sentido que queremos darle a nuestra existencia».
Sabido es que la comprensión positiva de la laicidad se articula en nuestra Constitución mediante dos principios ubicados en el artículo 16.3: el primero lo refleja la frase de «ninguna confesión tendrá carácter estatal», e implica tanto la separación de las entidades religiosas y el Estado como la neutralidad de los poderes públicos ante el acto de fe, la cual no significa indiferencia, y mucho menos desprecio, ante el fenómeno religioso. El segundo principio –el de cooperación– ordena a los poderes públicos «tener en cuenta las creencias religiosas presentes en la sociedad y mantener relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones». A tenor de la significación histórica del catolicismo y su reconocimiento como religión mayoritaria de los españoles, se especifica una especial colaboración del Estado con la Iglesia católica. Esta afirmación constitucional no va –ni debe ir– en detrimento de nada ni de nadie.
Tal «cooperación» con «separación» y «neutralidad» se ha encauzado a través de los Acuerdos (ya no Concordato) entre la Santa Sede y el Estado Español (1979), y de los Acuerdos con los Judíos, Protestantes y Musulmanes (1992). No quieren comportar privilegios para estas confesiones, sino constituir instrumentos jurídicos en plena armonía con la libertad religiosa. Sobre ese marco, por supuesto, habrán de ir haciéndose los desarrollos y modulaciones pertinentes a tenor de cómo evolucione el paisaje religioso. En un momento confuso e incierto como el que vivimos, es una gran suerte contar con un marco constitucional como el español y un marco doctrinal como el conciliar. Son exitosos esfuerzos guiados por el «personalismo jurídico» que nos permiten apuestas consistentes a favor de la cultura del diálogo y el en cuentro, y suponen tanto la aceptación recíproca de las diferencias –a veces de las contradicciones– como el respeto de las decisiones libres que las personas toman en conciencia. Celebrémoslo agradecidamente ad-multos-annos.