La Justicia en Valencia avala la clase de religión de 45 minutos por semana: no la ve insuficiente

Una alumna hojea el libro de la asignatura de religión... los gobiernos de izquierda en España intentan reducirla al máximo
En diversas Comunidades Autónomas españolas donde gobiernan los socialistas aliados con otras fuerzas de izquierda radical, los poderes autonómicos han reducido a la mínima expresión la asignatura de Religión Católica (que la ley y los tratados internacionales con la Santa Sede obligan a ofrecer). Es el caso de Valencia donde la asignatura se ha reducido a tan solo 45 minutos por semana. Cuando una asociación de profesores ha protestado, el Tribunal Superior autonómico ha dictaminado que 45 minutos semanales está bien porque no se ha acreditado que sea insuficiente.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha rechazado así un recurso presentado por la Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales y ha avalado la normativa autonómica que permite que esta asignatura cuente con una sola sesión de 45 minutos semanales.
Según ha adelantado este lunes el Diario Levante-EMV, la asociación de profesores no habría conseguido acreditar que la norma contra la que recurría impida impartir adecuadamente la asignatura de Religión.

La sentencia del TSJCV declara: "no se ha demostrado que en ese tiempo sea imposible desarrollar un programa didáctico coherente y completo de enseñanza de la Religión Católica, por lo que el motivo de impugnación debe ser desestimado".

El TSJC impone las costas procesales a la Asociación de Profesores de Religión, con un tope de 1.200 euros. La asociación puede recurrir la sentencia.
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La Abogacía de la Generalitat, en representación de la Conselleria de Educación, argumentó que "no cabe ubicar la asignatura de Religión dentro de las asignaturas troncales", como figuraba en el decreto de 2014 y subrayando que es competencia de las administraciones autonómicas fijar el horario que se considere más adecuado.
Sin embargo, existe desde 1976 un "Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales" que en su Artículo II establece: "Los planes educativos en los niveles de Educación Preescolar, de Educación General Básica (EGB) y de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP) y Grados de Formación Profesional correspondientes a los alumnos de las mismas edades, incluirán la enseñanza de la religión católica en todos los Centros de Educación, en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales".

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